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Publicado: 11 de Mayo de 2020
VINDICAMOS LA RESPONSABILIDAD POR UNA NEGLIGENTE GESTIÓN GUBERNATIVA.
COVID 19, pandemia vírica, estado de alarma, Gobierno.
La publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, decretó el estado de alarma y tras este se han aprobado otra veintena de Reales Decretos- Leyes más, Órdenes Ministeriales, Resoluciones, Instrucciones, Recomendaciones.
La llevanza de la crisis por #COVID19 y su impacto en los #españoles tiene merece una crítica. Se ha actuado por impulsos, aprobando normas que se modificaban después. A golpe de Real Decreto Ley cuya publicación y entrada en vigor dejaba sin ámbito de reacción a los ciudadanos.
Reales Decretos Leyes que modificaban los borradores que se trasladaban a los ciudadanos apenas unas horas antes.
Me he dedicado a hacer una relación de las aprobadas tras el #RealDecreto que decretaba el #estadodealarma.
Respeto de las prórrogas del estado de alarma, se ha publicado 4 reales decretos. Real Decreto-Ley 476/2020, de 27 de marzo, Real Decreto-Ley 487/2020, de 10 de abril Real Decreto-Ley 492/2020, de 24 de abril, Real Decreto-Ley 514/2020, de 8 de mayo.
En el ámbito de salud pública se ha publicado un real decreto. Real Decreto-Ley, 6/2020, de 10 de marzo.
En el ámbito social, económico y laboral se han publicado 9 reales decretos. Real Decreto-Ley 15/2020, de 21 de abril, Real Decreto-Ley 14/2020, de 14 de abril, Real Decreto-Ley 13/2020, de 7 de abril, Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, Real Decreto-Ley 9/2020, de 27 de marzo, Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, Real
Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo, Real Decreto-Ley 6/2020, de 10 de marzo.
Agricultura, pesca y alimentación, Real Decreto-Ley 508/2020, de 5 de mayo. Cultura, Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban #medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario. Justicia, Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril.
A más abundamiento, se han dictado Órdenes de las Consejerías, entre ellas de la Consejería de Sanidad, mencionando solo algunas, por el ingente número. Orden SND 232/2020, de 15 de marzo, 233/2020, de 15 de marzo, 234/2020 de 15 de marzo, 257/2020, de 19 de marzo, 260/2020, de 19 de marzo, 261/2020, de 19 de marzo, 265/2020, de 19 de marzo, 266/2020, de 19 de marzo, 271/2020, de 19 de marzo, 272/2020, de 21 de marzo, 274/2020, de 22 de marzo, 275/2020, de 23 de marzo, 276/2020, de 23 de marzo…
Pero es que también se han dictado Instrucciones, en cada una de los ámbitos aludidos. Resoluciones, etc. Un absoluto abuso de esta forma de legislar.
Un auténtico caos para los abogados que deben de asesorar a los #ciudadanos y, por ende, un auténtico caos para los ciudadanos siendo que todos los ámbitos de su vida están o han estado regidos por esta normativa.
¿Qué es un Real Decreto Ley? Esta norma con rango de ley se utiliza en casos de extraordinaria y urgente necesidad en los que el #Gobierno puede dictar #normas legislativas provisionales. La #ConstituciónEspañola prevé la posibilidad de que el Gobierno apruebe una norma con valor de ley y sin que tan siquiera medie un requerimiento previo de las Cortes Generales para que lo haga de acuerdo a determinados criterios. No obstante, más adelante interviene el Congreso de los Diputados.
Con esta técnica se están limitando #DerechosFundamentales de los ciudadanos adoptadas en una situación extraordinaria y urgente como es la #crisissanitaria en la que nos encontramos y el estado de alarma decretado por el Gobierno.
Los #abogados estamos absolutamente pendientes del #BOE, esperando a que lleguen las 00:00 de la noche con el fin de poder comprobar si el texto final del Real Decreto Ley publicado se parece en todo o en parte al borrador que se nos traslada y que afecta a particulares y empresas.
De manera que, tan pronto pensamos que nuestro cliente va a poder reiniciar aunque sea en parte su #actividadeconómica, como finalmente podemos comprobar que ello no es posible al no encontrarnos en Fase I de la #desescalada. Siendo que, en este caso, los empresarios han llevado a cabo anuncios sobre inicio de actividad y desembolsos económicos a tal fin para luego comprobar que dicho reinicio de actividad ha de posponerse hasta un nuevo anuncio del Gobierno sobre las #ComunidadesAutónomas que acceden o no a dicha #Fase I.
Pero es que esta ha sido la tónica habitual. Aquellos quienes tributan por estimación objetiva, han debido de liquidar los impuestos de este primer trimestre del año en dos ocasiones. La primera de ellas, sin tener en cuenta los días efectivamente trabajados del trimestre y la segunda teniendo en cuenta los días efectivamente trabajados del trimestre, para lo que han debido de anular la primera de las autoliquidaciones.
Así se nos antoja en todos y cada uno de los aspectos de la vida personal y económica de todos los ciudadanos españoles.
Sin embargo, a pesar de la supresión de libertades públicas a la que nos hemos visto abocados, a pesar de que estas regulaciones se publican sin apenas tiempo de adaptación y de reacción, de un día para otro, a pesar de que perdemos nuestra libertad, nuestros negocios, nuestra calidad de vida, la de nuestros padres, hijos, hermanos, estamos tan inmersos en nuestros problemas y el miedo al contagio que no nos hemos alzado contra esta enloquecida situación.
¿Será posible que cuando tengamos voz alguien se alce contra las limitaciones a las que nos han dirigido por una deplorable gestión de esta crisis sanitaria?
¿Protestaremos acaso? O quizás estaremos tan liberados por poder reactivar nuestras vidas que como borreguitos olvidaremos el cambio de vida al que nos han sometido ya para siempre.
¿Olvidaremos los muertos oficiales y no oficiales? A pesar de que todos y cada uno de nosotros conocemos a alguien que ha perdido al menos un familiar, alguien que ha dejado su #familia por cuidar de los familiares de otros, alguien que ha perdido su #empresa o alguien que ha perdido su #trabajo.
Mira que yo no soy excesivamente reivindicativa pero existen responsabilidades en la gestión de esta #pandemia. Responsabilidades que deben de ser depuradas.
Los ciudadanos tenemos derecho a exigir dichas responsabilidades. La voz del pueblo decidida en las urnas debe responder por una negligente gestión incluso en la redacción y publicación de la #normativa que ha de regular nuestras vidas, de la omisión del deber de socorro respecto de nuestros #familiares y #sanitarios, de la omisión de información sobre la pandemia que se nos venía o sobre cómo es posible que se alentara a las masas a acudir a un acto como la manifestación del 8M con la información que todos ellos tenían.
Algún coste ha de tener.
Esta es mi opinión y me imagino que la de muchos.
Feliz semana
María Lancho Cáceres
Abogada