Escríbenos Ver teléfono
Mándanos un mailMándanos un mail
Haz click en:Copiar mailoAbrir mail
Mail copiado
Menu
chat WhatsappTeléfonocómo llegar

Contrato de arrendamiento con opción de compra versus contrato de compraventa

Publicado: 14 de Abril de 2020

María Lancho Cáceres

Para abordar este post debemos de definir en primer lugar el contrato de arrendamiento con opción a compra y el contrato de compraventa.

DEL ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA DE VIVIENDAS

STS de 6 julio 2001 -EDJ 2001/15262- y 3 abril 2006 -EDJ2006/37225-), podemos definir el contrato de arrendamiento con opción de compra, como la inserción de una cláusula en un contrato de arrendamiento, mediante la cual se fija la facultad exclusiva de prestar el arrendatario su consentimiento en el plazo contractualmente señalado, para comprar la cosa objeto de arriendo.

Asimismo, es "contrato atípico y complejo""en el que el derecho de opción supone un plus en el derecho subjetivo que el arrendador concede al arrendatario, y que consiste en adquirir la propiedad del bien arrendado, por lo que la onerosidad del contrato de arrendamiento también embebe la onerosidad del contrato de opción en él recogido" (STS de 15 diciembre 1997 -EDJ 1997/9779-); de esta forma, arrendamiento y opción de compra aparecen como "dos negocios jurídicos coligados, unidos formalmente en un mismo documento" (STS de 13 julio 1993 -EDJ 1993/7043-).

De manera que, se trata de un negocio jurídico formado por dos contratos, uno que está regulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos, el contrato de arrendamiento y el otro el de opción de compra que no está regulado legalmente, y que depende de los pactos a que lleguen las partes.

Las partes de este contrato reciben el nombre de optante, el comprador y concedente, el vendedor.

Respecto de los requisitos de la opción, conforme al art. 14 RH -EDL1947/13- "Seráinscribible el contrato de opción de compra o el pacto o estipulación expresa que lo determine en algún otro contrato inscribible, siempre que además de las circunstancias necesarias para la inscripción reúna las siguientes:

1ª) Convenio expreso de las partes para que se inscriba.

2ª) Precio estipulado para la adquisición de la finca y, en su caso, el que se hubiere convenido para conceder la opción.

3ª) Plazo para el ejercicio de la opción, que no podrá exceder de cuatro años.

DE LA COMPRAVENTA DE VIVIENDAS

El artículo 1445 del Código Civil define el contrato de compraventa del siguiente modo; Por el contrato de compra y venta uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente. Por otra parte, la compraventa constituye el medio primordial de adquirir el dominio.

Los perfiles básicos son que se trata de un contrato típico, bilateral, consensual, oneroso, conmutativo, es decir el precio que paga el comprador es equivalente al valor de la cosa

que se transfiere.

DIFERENCIAS ENTRE EL ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA Y LA COMPRAVENTA

1. Por el arrendamiento con opción de compra el arrendatario puede residir en la vivienda por un tiempo máximo de 5 años, tiempo de duración del contrato de arrendamiento, pudiendo no ejecutar la opción de compra en el momento en que se haya acordado en las estipulaciones relativas a la opción. La compraventa convierte al comprador en el propietario de la vivienda desde el momento de la celebración del contrato de compraventa.

2. Por el arrendamiento con opción de compra, el arrendatario abona una renta mensual, en virtud de lo establecido por la voluntad de las partes, pudiendo dicho importe abonado constituir o no parte del precio de la compraventa cuando se ejercita la opción, en atención a lo convenido por las partes. Es muy habitual entre los propietarios y los inquilinos pactar el precio de la renta en función del valor del inmueble. Es decir, la renta a pagar se computa como parte del precio pactado para la compraventa en el caso de que el inquilino decida comprar la vivienda. Existe la posibilidad de convenir una prima de la opción; el pago de una prima o pago que será el que operará como penalización o no en caso de ejercitarse el derecho de opción a favor del cedente. Por la compraventa el precio se desembolsa en el momento de la formalización del contrato, a salvo los supuestos en que se haya acordado pago aplazado, financiado, etc.

3. Plazo para adquirir el dominio en los diferentes supuestos. En una opción de compra, las partes están acordando la compra venta futura de la vivienda arrendada. La resolución del contrato de compraventa dependerá de la voluntad unilateral del futuro comprador, el cual tiene un determinado plazo, pactado por ambas partes, para llevar a cabo el pago de la compraventa. Durante este plazo, el vendedor no puede vender la vivienda a otra persona. La principal finalidad de este contrato es conceder al comprador (optante) un plazo para decidir si quiere o no comprar la vivienda sin estar obligado a ello. El contrato es exigible y solo puede resolverse por causas previstas a la ley. En algunos casos ambas partes pueden llegar a un acuerdo y resolver el problema pagando una cantidad económica como indemnización a la parte cumplidora.

VENTAJAS DEL ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA
PARA EL INQUILINO LINO Y FUTURO COMPRADOR

- En atención a los pactos de las partes aplicables a la opción el dinero que se destina al alquiler, puede descontarse en todo o en parte, del precio final de compra compra-venta. Las cuotas se aplicarán (total o parcialmente) al precio de compra, según lo pactado por las partes. Es posible que se haya pactado que las rentas del alquiler no se apliquen al pago del precio, sin embargo, no es este nuestro consejo para el arrendatario.

- El arrendatario retrasa el momento del pago. Esto le permite tener capacidad de ahorro durante todo el tiempo que dura el alquiler.

- El arrendatario tiene la flexibilidad de decidir si finalmente adquiere la vivienda. Al contrario que en una hipoteca, si en un momento dado no puedes pagar las cuotas, no tendrás deudas pendientes. Sin embargo, es posible que se hayan acordado penalizaciones aplicables en el caso en que no se ejercite la opción de compra, puesto que, el vendedor no ha tenido la oportunidad de vender la vivienda a un tercero ajeno al contrato. Si en el plazo estipulado el optante no compra, perderá la prima de opción. Si por su parte el cedente no quiere vender o vende a un tercero, deberá pagar el duplo al optante como penalización por no haberle vendido a él y sí a un tercero ajeno a dicho negocio jurídico.

- El arrendatario se aprovecha de las ventajas fiscales por alquiler.

PARA EL ARRENDADOR Y FUTURO VENDEDOR

- Puede entenderse que facilita la venta de una vivienda.

- Es una forma de financiación para el propietario ya que con los importes del alquiler y la prima inicial, en caso de pactarse, obtendría liquidez.

- El arrendador y vendedor cuenta con una mayor tranquilidad, ya que quienes residen en la vivienda cuidarán el inmueble que puede convertirse en su futuro hogar.

INCONVENIENTES DEL ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA PARA AMBAS PARTES

1. Para el comprador es una forma de financiación, pero la prima inicial y las cuotas de alquiler pueden no ser suficientes para cubrir sus necesidades.

2. En caso de que la vivienda se encuentre hipotecada, el propietario seguirá pagando las cuotas mensuales.

3. Para el arrendador supone un esfuerzo superior a un alquiler normal. Este tipo de contratos suelen incluir en sus pactos el pago de una prima inicial y las cuotas mensuales suelen estar estar por encima del precio del mercado de alquiler.

4. Se pacta un precio fijo de adquisición. Esta situación puede convertirse en una ventaja o en una desventaja para alguna de las partes ya que el mercado puede variar y puedes tener la sensación de haberlo podido adquirir por un precio más bajo, o de haberlo podido vender a un importe mayor.

5. Fiscalmente este tipo de contratos tiene peculiaridades de las que nos debemos informar, al generarse obligaciones fiscales tanto por el arrendamiento como por la opción de compra.

6. Hemos de ser escrupulosos con la redacción del contrato. Aunque es una práctica habitual reconocida en el Reglamento Hipotecario y en la Ley de Arrendamientos Urbanos, no está regulado de forma específica ni en el Código Civil ni en una normativa va específica, lo que implica que deberás tener especial cuidado a la hora de redactarlo, para que todo quede perfectamente regulado.

Tu privacidad es importante para nosotros

Las cookies son importantes para ti, influyen en tu experiencia de navegación. Usamos cookies analíticas, de personalización y publicitarias (propias y de terceros) para hacer perfiles basados en hábitos de navegación y mostrarte contenido útil. Recogeremos tu elección anónimamente. Haz clic en “Aceptar” o haz clic en "Configurar Cookies" para autorizar uno a uno los permisos.Para conocer todas nuestras cookies consulta este enlace

Configurador avanzado de cookies propias y de terceros
Aquí puedes modificar parámetros que afectarán directamente a tu experiencia de navegación en esta web
Cookies técnicas (necesarias)
Las cookies técnicas son aquéllas que permiten al usuario la navegación a través de una página web, plataforma o aplicación y la utilización de las diferentes opciones o servicios que en ella existan como, por ejemplo, controlar el tráfico y la comunicación de datos o almacenar contenidos para la difusión de vídeos o sonido.
NombreOrigenFunción de la cookieDuración
csrftokenQdqMediaEsta cookie está asociada con la plataforma de desarrollo web Django para Python. Está diseñado para ayudar a proteger un sitio contra un tipo particular de ataque de software en formularios web1 año
sessionidQdqMediaIdentificador de sesión anónimo necesario para el correcto funcionamiento del sitio web.30 minutos
qdq_consentQdqMediaEsta cookie se añade en el momento de que el usuario ha aceptado el uso de cookies por parte del sitio web. Sirve para recordar la configuración establecida y evitar pedirle aceptación cada vez que ingrese en el sitio web.2 años
qdq_consent_sessionQdqMediaEsta cookie sirve para evitar pedir el uso de cookies, una vez aceptado, mientras navega por la web.session
_pk_ses*MatomoSe utiliza para ayudar a los propietarios de sitios web a rastrear el comportamiento de los visitantes y medir el rendimiento del sitio. Es una cookie de tipo patrón, donde el prefijo _pk_ses es seguido por una serie corta de números y letras, que se cree que es un código de referencia para el dominio que configura la cookie.30 minutos
_pk_id*MatomoSe utiliza para ayudar a los propietarios de sitios web a rastrear el comportamiento de los visitantes y medir el rendimiento del sitio. Es una cookie de tipo patrón, donde el prefijo _pk_id es seguido por una serie corta de números y letras, que se cree que es un código de referencia para el dominio que configura la cookie.13 meses
Cookies de analíticaCon tu selección no podemos ofrecerte una mejora continua en la experiencia de navegación.
Son aquellas que permiten el seguimiento y análisis del comportamiento de los usuarios de la página web para la elaboración de perfiles de navegación, con el fin de introducir mejoras en función del análisis de los datos de uso que se haga sobre la web.
NombreOrigenFunción de la cookieDuración
_gaGoogle Tag ManagerEsta cookie se utiliza para distinguir usuarios únicos mediante la asignación de un número generado aleatoriamente como un identificador de cliente. Se incluye en cada solicitud de página en un sitio y se utiliza para calcular los datos de visitantes, sesiones y campañas para los informes analíticos de los sitios.2 años
_gatGoogle Tag ManagerDe acuerdo con la documentación, se utiliza para reducir la velocidad de solicitud, lo que limita la recopilación de datos en sitios de alto tráfico.10 minutos
_gidGoogle Tag ManagerEEstablecido por Google Analytics. Se utiliza para distinguir usuarios.1 día
Cookies de publicidadCon tu selección pierdes la personalización de la publicidad.
Son cookies servidas y administradas por prestadores de servicios publicitarios y/o de análisis ajenos al responsable de este sitio web. Estas cookies permiten la gestión eficaz y adaptada a las preferencias del usuario de campañas publicitarias e informativas. Pueden almacenar información del comportamiento de los usuarios para desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función de sus intereses.
NombreOrigenFunción de la cookieDuración
_fbpFacebookUtilizado por Facebook para ofrecer una serie de productos publicitarios, como ofertas en tiempo real de anunciantes externos?
NIDGoogleGoogle rastrea a los usuarios ampliamente a través de sus propios productos y sitios, y las numerosas tecnologías integradas en muchos millones de sitios web en todo el mundo. Utiliza los datos recopilados de la mayoría de estos servicios para perfilar los intereses de los usuarios de la web y vender espacios publicitarios a organizaciones basadas en dichos perfiles de interés, así como para alinear los anuncios con el contenido de las páginas donde aparecen los anuncios de sus clientes.1 año
1P_JARGoogleEsta cookie lleva a cabo información sobre cómo el usuario final utiliza el sitio web y cualquier publicidad que el usuario final haya visto antes de visitar dicho sitio web.1 mes
CONSENTGoogleEsta cookie lleva a cabo información sobre cómo el usuario final usa el sitio web y cualquier publicidad que el usuario final haya visto antes de visitar dicho sitio web.20 años
frFacebookSirve para visualizar el botón de `me gusta` y mostrar el número de seguidores. También ayuda a Facebook a proporcionarle anuncios más personalizados, pero también a medir y mejorar los anuncios.3 meses
_bPinterestCookie para la funcionalidad de Pinterest.Continuo
_pinterest_sessPinterestEstas cookies permiten a los usuarios compartir imágenes a través de Pinterest / el botón 'Pin It', y Pinterest puede recopilar información estadística sobre el uso de su servicio.1 año
IDEDoubleClickSe utiliza por Google DoubleClick para registrar e informar las acciones de los usuarios en el sitio web después de ver y hacer clic en uno de los anuncios de los publicistas con el propósito de medir la eficacia de un anuncio y de presentar anuncios dirigidos al usuario.1 año
haz clic para copiar mailmail copiado